Diez comunidades serán consultadas y tres de las convocadas fueron excluidas de la Consulta Previa sin razón justificada por parte de las autoridades encargadas.
En el marco del cumplimiento de la Sentencia T-704 de 2016, en la cual la Corte Constitucional condenó a la empresa Cerrejón, propiedad de la Multinacional Glencore, por las graves afectaciones ambientales, culturales, sociales y espirituales a los pueblos étnicos, se reinició el proceso de Consulta Previa Libre e Informada con 10 comunidades certificadas y reconocidas por la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa (DNCP) como afectadas por la operación minera de esta compañía.
En el municipio de Uribia se llevó a cabo el proceso de preconsulta y apertura, en el que las comunidades, la empresa Cerrejón, el Ministerio del Interior a través de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, la ANLA y el Movimiento Indígena Nación Wayuu, debatieron sobre los impactos que ha generado Cerrejón a este pueblo indígena.
“Logramos dejar planteadas todas las inquietudes y los requerimientos de información por parte de las comunidades para que se pueda realizar un proceso de consulta previa con todas las garantías, donde se les brinde a los indígenas wayuu los espacios para poder analizar todas las afectaciones que ha venido ocasionando el proyecto de Cerrejón durante estos 40 años”, señaló Fabian Andrés Campos, especialista en Consulta Previa y derechos étnicos del Movimiento Indígena Nación Wayuu.
La explotación de carbón a cielo abierto, según han denunciado en múltiples ocasiones las comunidades cercanas a la operación minera de Cerrejón, ha derivado en una condición especial de riesgo para su territorio y sus habitantes, quienes se han visto expuestos a material particulado que cubre el techo de sus casas, plantas, animales e incluso, el agua que consumen; y a los preocupantes grados de contaminación ambiental por los fuertes olores que invaden constantemente el ambiente de sus rancherías.
Por lo anterior y por los daños que desde hace cerca de 4 décadas ha venido ocasionando la operación minera de Cerrejón, las comunidades, amparadas en la Sentencia antes mencionada, exigen a esta compañía compensar todas las afectaciones que han cometido en contra de su salud, sus territorios, su espiritualidad y su medio ambiente.
Cabe destacar que, las comunidades convocadas para este proceso de consulta previa eran 13, pero la DANCP, sin justificación alguna, excluyó a tres de ellas después de haber sido convocadas. Estas actuaciones generaron inconformidades y rechazo por parte de las comunidades excluidas, como fue el caso de la autoridad tradicional de la comunidad Atapup, Dilia Tomasa Mejía Arpushaina, quien aclaró que no hay ningún conflicto interno que les impida avanzar con la consulta previa.
“Aquí están mis mayores, ellos hacen parte de mi comunidad y hoy venimos a decirles que nosotros no tenemos ningún tipo de conflicto”, manifestó.
La lideresa aseguró que, por el contrario, recibió “bajo la mesa”, unos documentos para hacer una negociación externa, aseverando que haberse negado le costó que sacaran a su comunidad del proceso de consulta previa.
Por otro lado, una de las discusiones álgidas de la jornada fue el plan de abandono y cierre del proyecto de la mina de Cerrejón, ya que, las comunidades consultaron a la empresa por el tema y esta se opuso a entregar información.
“Preocupa mucho qué va a pasar dentro de ocho o nueve años que Cerrejón cierre la mina, qué va a pasar con los empleos de los wayuu, de los guajiros… y ha sido un tema que nadie ha querido tocar, por eso exigimos que esa información se entregue y que ese cierre de la mina sea consultado con el pueblo Wayuu”, destacaron los especialistas en Consulta Previa del Movimiento Indígena Nación Wayuu.
Es importante resaltar que, aún existen más de 200 comunidades indígenas wayuu afectadas ambiental, social, cultural y espiritualmente por la operación minera de Cerrejón, tal y como lo señala la sentencia T-704 de 2016, a quienes todavía no se les ha reconocido este derecho fundamental amparado por la Corte Constitucional.





